Todas las personas económicamente activas en Panamá deben contar con un Número de Identificación Tributaria (NIT), el cual oficializa su inscripción y permanencia en el sistema oficial de pago de tributo. Debido a su importancia legal, aquí te explicamos en qué consiste el procedimiento y cuáles son los pasos a seguir.
La Dirección General de Ingresos (DGI) de Panamá cuenta con un registro oficial de todas las personas jurídicas que realizan una actividad económica en el territorio nacional. La inscripción en el Registro Único de Contribuyentes (RUC) otorga el NIT, que será la identificación oficial de cada persona para efectos legales.
El fundamento legal de este trámite lo constituye la Resolución No. 201-2579 con fecha del 03/05/2017.
Existen 2 modalidades principales para la realización de este trámite. A continuación, exponemos cada una.
En esta modalidad pueden inscribirse ciudadanos panameños, extranjeros o personas jurídicas o compañías en alguno de ambos casos.
Los documentos solicitados se deben presentar de manera personal en la oficina central o en alguna de las oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos. El horario de atención es de lunes a viernes de 8.00 de la mañana a 16.00 horas. El trámite es gratuito.
A ella pueden aplicar ciudadanos panameños, extranjeros y personas jurídicas o compañías en alguno de ambos casos.
Los documentos solicitados se deben presentar de manera personal en la oficina central o en alguna de las oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos. El horario de atención es de lunes a viernes de 8 de la mañana a 4 de la tarde. Este trámite también se puede realizar online en la página oficial de la sede central de la DGI. El trámite es gratuito.
Como puedes apreciar, la inscripción en el Registro Único de Contribuyentes es un trámite indispensable y de sencilla resolución a través del cual obtendrás el NIT necesario para cumplir con tus obligaciones fiscales.